|
Especial:

|
Joseph
Pérez
(1931,
Ariège, Francia) es catedrático de la Universidad de
Burdeos y entre 1989-1996 fue director de la Casa de
Velazquez. Miembro correspondiente de la Real Academia
de la Historia y doctor honoris causa de la Universidad
de Valladolid, además cuenta entre otros honores con la
Gran Cruz de Alfonso X el Sabio, es Comendador de la
Orden de Isabel la Católica y Oficial de la Legión de
Honor francesa.
Entre sus obras más importantes se pueden destacar:
la revolución de las comunidades de Castilla, Isabel
y Fernado. Los Reyes Católicos, Historia de una
tragedia. La expulsión de los judíos de España y la
España de Felipe el Hermoso. |
En
1492 termina, pues, la historia del judaísmo español, que sólo
llevará en adelante una existencia subterránea, siempre amenazada
por el aparato inquisitorial y la suspicacia de una opinión pública
que veía en judíos, judaizantes e incluso conversos sinceros a unos
enemigos naturales del catolicismo y de la idiosincrasia española,
tal como la entendieron e impusieron algunos responsables
eclesiásticos e intelectuales, en una actitud que rayaba en el
racismo. Queda por sacar en claro los motivos que empujaron a los
Reyes Católicos a tomar tan drástica medida. Se ha gastado infinidad
de tinta en este esfuerzo y se han propuesto interpretaciones de
toda clase, algunas francamente descabelladas. Todas estas
interpretaciones pueden agruparse en torno a unos pocos esquemas.
Hay que descartar, en primer lugar, una interpretación simplista: la
codicia de unos soberanos apremiados por las necesidades financieras
y deseosos de hacerse con la fortuna de los judíos. La hipótesis no
resiste al examen. Súbditos y vasallos de la corona, los judíos
dependían totalmente de ella; no disponían como los cristianos de
una institución como las Cortes capaz de poner ciertos límites,
siempre teóricos y muy relativos, pero reales. Los judíos no tenían
ninguna garantía. Los monarcas podían exigir de ellos lo que se les
antojaba y así lo hicieron en varias circunstancias a lo largo de la
Edad Media y en tiempos de los Reyes Católicos, con motivo, por
ejemplo, de la guerra de Granada. No se entiende lo que hubieran
ganado los reyes con despojar a los judíos en el momento de la
expulsión. Del edicto sacaron provecho particulares sin escrúpulos
que compraron por poco dinero bienes valiosos y cometieron otros
muchos abusos. La corona no parece que se haya beneficiado mucho de
la operación. Los judíos les interesaban más como contribuyentes,
pero con la expulsión de los contribuyentes desaparecen las
contribuciones. Como dijo un día Antonio Domínguez Ortiz, la mejor
manera de establecer un impuesto sobre el capital no es suprimir el
capitalismo y los capitalistas; sería matar la gallina de los huevos
de oro. La expulsión obligó a los judíos a malvender sus bienes en
pocas semanas y en condiciones muy arriesgadas, pero no significó
una confiscación en beneficio de la corona. Esta exigió,
naturalmente, que los judíos le pagasen lo que le debían, pero
tampoco aprovechó la oportunidad para despojarlos. En este sentido
merece citarse la carta de Don Fernando al gobernador de Aragón, el
11 de junio de 1492: «Tenemos admiración que penséis que queramos
tomar para Nos los bienes de los judíos, porque es cosa muy apartada
de Nuestra voluntad [...]. Bien queremos que nuestra corte cobre,
como es razón, todo lo que de justicia le perteneciere en los dichos
bienes, así por las deudas que nos deben los dichos judíos como por
razón de la pecha y otras rentas reales que tenemos sobre esa
aljama; pero, pagado lo que a Nos pertenece y lo que se debe a los
acreedores, lo que quedare se debe restituir a los judíos, a cada
uno lo suyo, para que hagan dello a su voluntad».
Además, se ha exagerado mucho la importancia de los judíos en la
vida económica y su papel como motor del capitalismo incipiente. En
el momento de la expulsión esta importancia y este papel ya no eran
lo que habían sido. En vista de la documentación publicada sobre
fiscalidad y actividades económicas, no cabe la menor duda de que
los judíos no constituían ya una fuente de riqueza relevante, ni
como banqueros ni como arrendatarios de rentas ni como mercaderes
que desarrollasen negocios a nivel internacional. Es lo que confirma
la situación en 1492 y en los años siguientes. La expulsión provocó
en muchas localidades trastornos de todo tipo en la actividad
económica. Hubo que prescindir de la noche a la mañana de
determinados artesanos o comerciantes. Las rentas acusaron a veces
bajas importantes, como está documentado para Sevilla y como se
puede averiguar en otras muchas partes. A decir verdad, las
dificultades habían empezado unos diez años antes con el
establecimiento de la Inquisición; la emigración de conversos
sevillanos a lugares de señorío acarreó un verdadero colapso en el
comercio de la ciudad y en las rentas reales; su marcha provocó gran
mengua en las finanzas municipales; el mayordomo Juan de Sevilla
escribe el 2 de septiembre de 1482: «Los cuales dichos conversos
eran los principales arrendadores». Lo mismo ocurrió en Zamora,
Barcelona y otras muchas ciudades. A los reyes no se les había
ocultado que su política en relación con judíos y conversos podía
acarrear consecuencias de este tipo; lo pospusieron todo al objetivo
que se habían fijado; es lo que se ve por la respuesta de Don
Fernando a la ciudad de Barcelona: «Antes que nos hubiésemos
deliberado en dar lugar en que esta Inquisición se hiciese en ciudad
alguna de nuestros reinos, hubimos bien considerado y visto todos
los daños e incrementos que desto se podía seguir y que a nuestros
derechos y rentas reales le provendría. Pero como nuestra firme
intención y celo es anteponer el servicio de Nuestro Señor Dios al
nuestro [...], queremos que aquélla en todo caso se haga, todos
otros intereses posposados». En la Crónica de Pulgar (cap. CXX), se
atribuye a la reina la misma idea, casi en los mismos términos:
«Como quiera que la ausencia desta gente despobló gran parte de la
ciudad [Sevilla] y fue notificado a la reina que el gran trato que
en ella había se disminuía y sus rentas por esta causa se abajaban
en gran cantidad, pero ella estimaba en muy poco la disminución de
sus rentas y decía que, todo interés pospuesto, quería limpiar su
reino de aquel pecado de herejía». Esto demuestra que los Estados no
siempre determinan su conducta en función del mero interés
económico; en ciertas circunstancias son capaces de sacrificar
deliberadamente intereses de este tipo para conseguir fines, incluso
ideológicos, que les parecen merecer toda su atención, cueste lo que
cueste 17 ( La historia de la Unión Soviética ofrece un notable
ejemplo de ello. Sus dirigentes sabían perfectamente que su política
de liquidación del campesinado libre y la instauración de una
economía sometida al control del Estado iba a provocar de inmediato
un caos perjudicial al desarrollo de la producción; no obstante,
mantuvieron durante lustros la línea fijada porque lo que les
interesaba más era la edificación de un nuevo tipo de sociedad
basada en el colectivismo. En este caso sacrificaron el rendimiento
y la productividad económica a una ideología. R ARaN (Plaidoyer pour
l'Europe décadente, París, 1977, p. 85): «[los dirigentes
soviéticos] subordonnent la rationalité économique a la rationalité
idéologique; ou encore, si l'on préfere une autre expression, ils
préferent l'idéologie a l'économie, le dogme de la propriété
collective au regain de l'esprit individualiste, lié a la propriété
privée».).
De todas formas, la expulsión de los judíos produjo problemas a
nivel local, pero no una catástrofe nacional. Es a todas luces
descabellado atribuir a aquel acontecimiento la decadencia de España
y su pretendida incapacidad a adaptarse a las transformaciones del
mundo moderno. Todo lo que sabemos ahora demuestra que la España del
siglo XVI no era precisamente una nación económicamente atrasada. Su
pujanza, en el terreno demográfico y comercial, le venía de antes y
la expansión se prolongó por lo menos hasta finales de la centuria.
La expulsión de los judíos se realizó en un momento de auge y
prosperidad. En términos estrictamente demográficos y económicos y
prescindiendo de los aspectos humanos, la expulsión no supuso para
España ningún deterioro sustancial, sino solamente una crisis
pasajera rápidamente superada.
<
En muchos casos los judíos habían sido desplazados por los
conversos, pero éstos no estaban implicados en el edicto de 1492.
Ahora bien, subrayan los partidarios de esta tesis, no se puede
separar a los judíos de los conversos; ambos grupos están unidos en
una común persecución: se destierra a los unos; la Inquisición se
encarga de los otros. Es cierto y, con este argumento, pasamos a una
interpretación más amplia, de tipo materialista, que ha conocido
larga difusión. Estaríamos frente a un episodio de la lucha de
clases entre los tradicionales grupos de privilegiados y una
burguesía incipiente. Según esta tesis, la expulsión habría sido
inspirada por la nobleza feudal a fin de eliminar aquel sector de
las clases medias -los judíos, principalmente que podía constituir
una amenaza para ella y para su ambición de dominar y controlar el
Estado; la nobleza como tal representaba un estamento del pasado y
se negaba a admitir la influencia creciente en la sociedad de
aquellos elementos que se apoyaban en el capital y en las
actividades económicas. La defensa de la fe y de la ortodoxia no
serían, pues, sino un mero disfraz ideológico para encubrir
objetivos mucho más concretos; por medio de las sentencias de
muerte, confiscaciones de bienes, inhabilitación para ocupar cargos
públicos, que eran las penas pronunciadas por la Inquisición contra
los judaizantes, de lo que se trataba en realidad era de amedrentar
a todos los conversos y eliminar una clase rival, la burguesía
incipiente; la expulsión de los judíos era la prolongación lógica y
cronológica de la creación del Santo Oficio y perseguía los mismos
fines 18 (Ésta es también la tesis defendida hace algunos años por
J. A SARAIVA (A Inquisiçáo portuguesa, Lisboa, 1956; Inquisiçáo e
Cristiáos novos, aporto, 1969) y B. NETANYAHU (The Marranos of Spain.
From the late XIVth to the early XVIth Century, Nueva York, 1966):
la religión fue un simple disfraz para encubrir una lucha de clases;
lo que se procuraba no era la extirpación del judaísmo, sino la
eliminación de los marranos, ya que en realidad la inmensa mayoría
de los conversos eran crístianos sinceros; paradójicamente, fue la
Inquisición la que dio un nuevo impulso al marranismo. I. S. REVAH
(Les Marranes portugais), buen conocedor del marranismo peninsular,
se opuso rotundamente a esta interpretación: «Si tous les nouveaux
chrétiens avaient été persécutés sans motif religieux réel, on ne
s'expliquerait pas que tant de milliers d'entre eux se soient enfuis,
du XVI' au XVIII' siecle, pour rejoindre les communautés juives ou
en fonder de nouvelles dans des pays ou le judáisme était auparavant
toléré officieusement, publiquement admis ou parfois totalement
inconnu».).
Las cosas no son tan claras. Sería absurdo sostener que la política
religiosa de los Reyes Católicos se guiaba sólo en el terreno de las
ideas puras, sin mezcla de consideraciones materiales. Estaban en
juego muchas cosas: intereses concretos, desde luego, pero también
la concepción de lo que debía ser el Estado moderno. En sí la
interpretación de determinados acontecimientos en términos de lucha
de clases es aceptable; todo depende de las situaciones que se
pretende explicar. ¿Fueron la Inquisición y la expulsión de los
judíos un episodio de la lucha de clases? Una respuesta afirmativa
implica dos condiciones previas:
-Que existan clases
-Que estas clases estén enfrentadas.
Demos por sentado que la nobleza formara una clase social, a pesar
de los distintos niveles que puedan existir en su seno, les den
ayuda incurren en pena de confiscación de bienes, vasallos,
fortalezas, heredamientos, mercedes. Esta mención, por sí sola, nos
enseña que los Reyes Católicos sospechaban de una posible
intervención de los nobles a favor de los judíos. Un episodio
posterior acaba aclarando el problema. La revolución comunera fue, a
mi juicio, de claro sentido moderno; trató de cambiar profundamente
la ordenación política del reino, introduciendo un control sobre el
poder real. Fue, si se quiere, un movimiento burgués o, por lo
menos, de clases medias. Pues bien, la revolución comunera fracasó
porque chocó con la oposición de la nobleza y también con la de los
auténticos burgueses, los de Burgos. La defección de Burgos y su
adhesión a los gobernadores fueron un golpe durísimo asestado a la
Junta de Tordesillas que nunca volvió a recuperarse. En esta
ocasión, los burgueses, dueños del gran comercio internacional, se
sintieron solidarios de los magnates, ya que sus intereses eran
exactamente complementarios: a los nobles, como propietarios de
ganados y pastos, les convenía mantener la producción de lana merina
que los negociantes de Burgos vendían en el extranjero. No puede
darse caso más evidente de solidaridad política basada en intereses
económicos complementarios. Sería, pues, erróneo ver en la nobleza y
en la burguesía castellanas de fines del siglo XV y principios del
XVI dos clases antagónicas; todo parece indicar lo contrario. En una
variante de la interpretación clasista no es la nobleza la que se
propone eliminar a los judíos, sino la burguesía o, mejor dicho, las
oligarquías urbanas.
Estas han apoyado a los Reyes Católicos durante la guerra de
sucesión y les han permitido acceder al poder. Como recompensa,
habrían exigido y obtenido la expulsión de los judíos. Es cierto que
varios concejos y las Cortes, emanación de las ciudades, se han
mostrado en repetidas ocasiones hostiles a los judíos, pidiendo el
cumplimiento de disposiciones anteriores sobre discriminación de
aquella categoría y, principalmente, la aplicación de las leyes
contra la usura. Es que las oligarquías urbanas, cuya voz se oye en
las Cortes, representación de las ciudades, son deudoras de
prestamistas judíos, tanto a título personal como colectivo, como
miembros de los regimientos; por ello ponen tanto empeño en reclamar
que se prohíba o regule la que ellas llaman usura. Desde 1480 en
adelante, los reyes habían satisfecho aquellas reivindicaciones y se
habían mostrado muy rigurosos en llevarlas a la práctica. Aquella
tesis no tiene en cuenta dos elementos de la cuestión. Primero, la
expulsión viene a completar el dispositivo iniciado con la creación
de la Inquisición, es decir, que no son únicamente los judíos los
perseguidos, sino también los conversos. Si se tiene en cuenta la
posición que los conversos ocupaban en los regimientos, no se
explica que estos regimientos hubieran desencadenado una represión
que forzosamente recaía también sobre los conversos. En segundo
lugar, los Reyes Católicos controlan los regimientos: la presencia
de corregidores, de nombramiento real, en las principales ciudades
impide a los municipios entrometerse en ciertos asuntos que se
consideran reservados a la corona; los mismos corregidores tienen
gran cuidado de evitar que se designen como procuradores a Cortes a
personas que puedan encabezar cualquier forma de oposición; los
corregidores procuran también que no se den a aquellos procuradores
poderes limitados o condicionales como sería votar los servicios a
cambio de determinadas concesiones por parte de la corona. Todo está
previsto, pues, para que no surjan oposiciones y para que la corona
tenga en cada momento las manos libres. En estas condiciones, ¿cómo
hubieran podido las oligarquías urbanas imponer a un régimen
autoritario como el de los Reyes Católicos una decisión de tanta
trascendencia como la expulsión de los judíos? Parece muy poco
probable.
Ninguna de las interpretaciones precedentes se ajusta, pues, a la
realidad histórica. Es que buscan en el edicto de 1492 segundas
intenciones, lo que puede haber detrás del disfraz ideológico. Si en
vez de tratar de descubrir en el edicto lo que se calla intentamos
analizar lo que se dice, nos encontramos con una evidencia, una
perogrullada si se quiere: los reyes justifican su decisión por
motivos únicamente religiosos; lo que les preocupa es la asimilación
total y definitiva de los conversos; para ello, fracasadas las
medidas anteriores, acuden a una solución drástica: la expulsión de
los judíos para cortar de cuajo el mal. ¿Por qué no tomar en serio
aquella voluntad declarada? Hay una lógica antiherética en el
edicto; lo que importa es explicarla: ¿cómo entender este
ensañamiento contra judíos y judaizantes, si descartamos toda
explicación fundada en las infraestructuras sociales y económicas,
ya que por esta vía parece que no llegamos a ninguna parte?
Planteada así la cuestión, topamos con una respuesta simple ya decir
verdad simplista: el odio de las masas cristianoviejas contra judíos
y conversos, odio que los reyes o bien comparten personalmente o
bien utilizan de una manera demagógica para congraciarse con la
opinión pública, diríamos hoy, y seguir la corriente mayoritaria. Lo
primero es insostenible. Todo indica, al contrario, que los reyes no
sentían ninguna repugnancia personal hacia judíos y conversos.
Varios de sus colaboradores de más confianza procedían de este
grupo. Pensemos en el mayordomo Andrés de Cabrera, que desempeñó un
papel decisivo en la proclamación de Doña Isabel; pensemos en
Abraham Seneor , que también interviene en los primeros meses del
reinado, prestando dinero en momentos de apuros, a quien los reyes
confían los mecanismos financieros de la Santa Hermandad ya quien
nombran tesorero mayor del reino. Pensemos en otros muchos judíos (Mayr
Melamed, Isaac Abravanel...) que ocupan puestos clave, sin hablar de
los médicos que asisten a la reina en el cuidado de su salud o en
circunstancias delicadas. Pensemos en fray Hernando de Talavera,
confesór de Doña Isabel, a quien encontramos en todos los
acontecimientos importantes: la guerra de sucesión, la
reorganización llevada a cabo en las Cortes de Toledo, la puesta en
marcha de la Santa Hermandad, la guerra de Granada, las discusiones
con Colón a propósito de los viajes de descubrimiento... Otro tanto
se puede decir de Don Fernando. Los reyes no manifestaron, pues,
ninguna repugnancia u odio personal contra judíos o conversos; de lo
contrario, no se comprendería que se hubiesen rodeado de tantos
judíos hasta 1492 y de tantos conversos, antes y después de 1492.
¿Trataron los reyes de congraciarse con las masas fingiendo
compartir unos prejuicios de que ellos mismos estaban alejados? Esto
es más o menos lo que sugiere Américo Castro: el rey -a quien Castro
atribuye el protagonismo principal en el asunto-19 (Opinión
compartida por algunas fuentes israelitas.) tomó la decisión de
expulsar a los judíos a fin de complacer al pueblo y crear una
monarquía popular. La hipótesis no tiene sentido. Los reyes imponen
un régimen autoritario; no permiten que el estamento nobiliario se
entrometa en los asuntos políticos; procuran limitar al máximo los
privilegios del clero en materia de jurisdicción; reducen el papel
de las Cortes y ¿hubieran capitulado ante una opinión pública que no
tenía un ápice de representación organizada en aquella época? Es
totalmente improbable. En otro libro, he tratado de señalar cuál era
la base social del régimen de los Reyes Católicos: esencialmente la
nobleza, el clero, las clases medias {ganaderos, comerciantes,
letrados); la política económica de los reyes favorece a la Mesta, a
la ganadería trashumante, a la exportación de lanas y materias
primas, en detrimento de los agricultores, artesanos y
manufactureros; éstas son las clases aplastadas, en palabras de
Pierre Vilar: el campesinado castellano esencialmente que formaba la
inmensa mayoría de la población, pero una mayoría muda, que no tiene
la palabra ni a nadie que hable por ella para defenderla y que se ve
sacrificada. ¿Por qué hubieran tenido los reyes que preocuparse por
lo que opinaban las masas acerca de judíos y conversos cuando no
atendían a los intereses más concretos de aquellas masas? De las
tres versiones que se conservan del edicto de expulsión -la de
Torquemada, la castellana y la aragonesa-, sólo la tercera, firmada
sólo por Don Fernando, se refiere al tema de la usura, en términos
muy duros, por cierto: «Hallamos los dichos judíos, por medio de
grandísimas e insoportables usuras, devorar y absorber las haciendas
y sustancias de los cristianos, ejerciendo inicuamente y sin piedad
la pravedad usuraria contra los dichos cristianos públicamente y
manifiesta como contra enemigos y reputándolos idólatras, de lo cual
graves querellas de nuestros súbditos y naturales a nuestras orejas
han pervenido». En las otras dos versiones no se lee una sola
mención, ni siquiera la menor alusión, a este asunto. Otras de las
acusaciones que se venían repitiendo desde hacía siglos contra los
judíos, pueblo deicida, profanación de hostias, crímenes
rituales..., no aparecen en ninguna de las tres versiones a pesar
del muy reciente caso del Santo Niño de La Guardia, cuyo desenlace
ocurrió sólo cuatro meses antes de la firma del decreto. Lo que
sobresale en el decreto son los aspectos religiosos. No cabe duda de
que las medidas represivas contra judíos y conversos encontraron
amplia aceptación en las masas cristianoviejas pero ello no
significa que hayan sido inspiradas por aquellas masas.
Varios autores lo admiten hoy: es el celo por la religión el que
inspira fundamentalmente a los reyes a la hora de expulsar a los
judíos. No se trataría de antisemitismo en el sentido moderno de la
palabra, sino de antijudaísmo. A partir de estas premisas, correctas
desde luego, algunos van más lejos: todo lo explican por el
fanatismo de una reina 20 ( Es sobre todo a Isabel a quien se carga
con esta tacha; a Fernando -¿será la influencia del juicio de
Maquiavelo?se le atribuyen motivaciones más racionales: utilizar la
religión con fines políticos. Sin embargo, Llorente, en su famosa
historia de la Inquisición publicada a principios del siglo XIX,
achaca la creación del Santo Oficio a una iniciativa de Don
Fernando, mucho más entusiasta que la reina en este asunto. )
impregnada de devoción, dispuesta a sacrificarlo todo por ensalzar
la fe católica, por complacer a Dios. No parece acertado este
camino.
Desde luego, Fernando e Isabel eran sinceramente católicos y
procuraban cumplir los preceptos y las obligaciones que ello
suponía. Es posible que Isabel lo fuera más que Fernando y que haya
llevado hasta la perfección el cultivo de las virtudes evangélicas;
por ello han pensado algunos en nuestro tiempo que merecía ser
canonizada. No puedo ni quiero terciar en este tema; doctores tiene
la Iglesia para estos casos. Lo que pasa en el fuero interno, nadie
lo sabe a ciencia cierta. Al historiador sólo le compete examinar
los hechos en su objetividad. Desde este punto de vista, Fernando e
Isabel fueron esencialmente monarcas, políticos, y como tales hay
que valorar su conducta. Cualesquiera que fueran sus sentimientos
íntimos, realizaron una labor que se puede apreciar en términos
objetivos, sin apelar a motivos de índole religiosa. Antes de que
empezara el reinado, en 1473, el poeta y futuro colaborador de los
Reyes Católicos Gómez Manrique daba estos consejos a la princesa
Isabel: «No os demandarán / cuenta de lo que rezáis; / ni si os
disciplináis / no os lo preguntarán./ De justicia si hicistes, /
despojada de pasión; / si los culpados punistes, / o los malos
consentistes. / [...] Desto será la cuestióm» .Lo que se propone a
la futura reina es un programa esencialmente político; se la invita
a no confundir los planes: la religión es una cosa; la política es
otra; puede que coincidan; puede que no. Naturalmente, no conviene
llevar la separación demasiado lejos; Fernando e Isabel no son ni
podían ser indiferentes a los problemas religiosos; pero, en el
fondo, Gómez Manrique tiene razón: son jefes de Estado y sus
preocupaciones esenciales son de orden temporal; no subordinan la
política a la religión. Maquiavelo insinuaba lo contrario: para él,
Fernando por lo menos tuvo la tentación de utilizar la religión para
fines políticos; al fin y al cabo la Inquisición es una cuestión
política. El restablecimiento del prestigio de la monarquía, la
creación del Estado moderno, la guerra de Granada, la expansión en
Italia yen el Nuevo Mundo, todo ello puede explicarse sin tener que
acudir a una inspiración predominantemente religiosa. No hay ningún
motivo objetivo para tachar a los Reyes Católicos o a la sola Isabel
de fanatismo religioso en el sentido peyorativo que se da a la
palabra. La expulsión de los judíos fue un acto de una terrible
dureza y fue llevada a cabo en condiciones particularmente
inhumanas, sin miramientos ni escrúpulos, pero aquella dureza y
aquella inhumanidad no fueron peores que otros acontecimientos que
ocurrieron en la época y en toda época, dentro y fuera de España.
Pensemos en la manera en la que se desarrollaron varios episodios de
la guerra de Granada, por ejemplo cuando se redujo a esclavitud a
toda la población de Málaga. Nada nos autoriza, en el caso del
tratamiento dado a los judíos, a achacar al fanatismo religioso de
los reyes esta medida, por cruel que parezca. La razón de los
Estados nos ha acostumbrado a semejantes atropellos a los derechos
humanos. La idea de expulsar a los judíos parte de la Inquisición;
de esto no hay duda y se explica por motivos de carácter religioso:
a muchos, en Europa -ya hemos visto cómo reacciona el alemán
Popielovo- les extraña la singularidad de España, donde los judíos
siguen teniendo una existencia legal. Parece ser que, en Sevilla
(1478-1479), el nuncio Nicolás Franco transmitió a los reyes las
preocupaciones del papa Sixto IV por la anomalía que significaba
aquel hecho. El mismo Sixto IV, en una bula de 1484, no disimula su
disgusto: «en los reinos de España, y sobre todo en la provincia de
Andalucía, judíos y sarracenos viven mezclados y juntos con los
cristianos y que visten la misma clase de trajes que éstos».
Torquemada hace suyo el argumento y lo desarrolla: el objetivo final
del cristianismo es lograr que los judíos se conviertan, pero la
esperanza de lograrlo se pierde si el judaísmo sigue siendo
legalmente autorizado; además el estátus jurídico de los judíos
incita a los conversos a judaizar; la solución definitiva del
problema converso exige, pues, la prohibición del judaísmo 21 (
PÁRAMO (De origine e! progressu Officii Sanctae Inquisitionis...,
Madrid, 1598, p. 163) confirma esta interpretación: Torquemada ha
sido el que convenció a los Reyes Católicos de que había que
expulsar a los judíos porque éstos constituían el principal
obstáculo a la asimilación de los conversos.). Es interesante
observar que éste ya fue uno de los argumentos que se esgrimió para
justificar la expulsión de los judíos de Inglaterra: su presencia
impedía que se asimilaran completamente los convertidos y les
incitaba a judaizar 22 ( C. Rorn, Histoire des marrones, París,
Liana Levi, 1992, pp. 13-14.). A la Inquisición le pareció, pues, la
expulsión de los judíos la mejor forma de acabar con los conversos
judaizantes: quitada la causa -la comunicación con los judíos-,
desaparecería el delito. Éstos son los motivos que se exponen
largamente en las tres versiones del edicto de expulsión. Los Reyes
Católicos toman la idea a su cuenta, pero esto no quiere decir que
obren bajo la presión de los inquisidores. Las preocupaciones, para
ellos, también son religiosas: la herejía no es de su agrado;
quieren limpiar el reino de ella. También hay que tener en cuenta el
ambiente mesiánico en el que vive la corte después de la toma de
Granada: los reyes deben de estar convencidos de que ya ha llegado
la hora de que se marchen los judíos; aquella premisa escatológica
parece implícita en la redacción del decreto de expulsión. Además
sus preocupaciones son políticas: esperan que la eliminación del
judaísmo facilite la asimilación definitiva y la integración de los
conversos en la sociedad española. El acuerdo entre los inquisidores
y los reyes sobre la decisión disimula un desacuerdo sobre los
motivos de aquella decisión.
Hemos señalado varias veces la correlación que se da casi siempre
entre los momentos de máxima tensión antijudía y las épocas de
crisis económicas o debilitamiento del poder político. Es entonces
cuando se procura achacar a los judíos la responsabilidad de las
dificultades o cuando las facciones usan del tema judío para atraer
partidarios a su causa. Las matanzas de 1391 constituyeron la más
clara demostración de aquella regla; el hambre y la carestía
coincidieron con un vacío de poder, con lo cual los energúmenos de
Fernán Martínez tuvieron rienda suelta. Las medidas discriminatorias
de los Reyes Católicos no parecen adecuarse a este esquema. Castilla
conoce un período de expansión y nadie se atreve ya a luchar contra
el poder estatal y sus representantes. La comunidad judía se
recupera y la protección real le garantiza la seguridad. Sin
embargo, es entonces cuando el judaísmo español sufre la más grave
tragedia de su historia hasta quedar totalmente eliminado. Es que la
monarquía de los Reyes Católicos se está alejando en aquella época
de los moldes medievales. Algo nuevo se está gestando que implica
planteamientos originales. Luis Suárez Fernández está en lo cierto
al situar la expulsión de los judíos dentro del proceso de
construcción del Estado moderno. Este Estado, que trata de imponer
su autoridad -el poderío real absoluto- a todos los grupos e
individuos del reino, ya no se daba por satisfecho de la variedad de
los tiempos medievales. Exigía una mayor cohesión social y para ello
la unidad de fe parecía lo más apropiado. «Antes de los
nacionalismos forjados en el siglo XIX -escribe Braudel-, los
pueblos no se sentían verdaderamente vinculados más que por el
sentimiento de pertenecer a una misma religión». Lo explica muy bien
Julián Marías: «En la Edad Moderna, que empieza a ser racionalista,
surge un principio de unitarismo y uniformidad. Se piensa que,
puesto que España es cristiana, los españoles deben ser cristianos;
se desliza en las mentes la noción, más o menos clara, de que el que
no es cristiano no es plenamente español, es en alguna medida
"desleal", lo que no se le hubiera ocurrido a un hombre de la Edad
Media» 23 ( MARíAS, España inteligible, Madrid, Alianza Editorial,
1985, p. 183). Estamos frente a un típico problema de identidad
nacional para los reyes de España, como para todos los soberanos de
Europa, la cohesión del cuerpo social exige la asimilación de las
comunidades minoritarias a la cultura dominante, considerada como
consustancial al concepto de nación. Así se comprenden, primero, la
creación de la Inquisición para obligar a los conversos a asimilarse
definitivamente, luego, el decreto de 1492: el que no quiera
asimilarse -es decir convertirse-, que salga del reino.
Los reyes esperaban probablemente que la inmensa mayoría de los
judíos de España se convirtiera; de esta forma, por vía compulsoria,
se llegaría a la meta: una nación que comulgara en los mismos
ideales. No se trataba de racismo: lo que se pretendía desterrar no
era una raza, sino un credo religioso. Hoy nos parece una barbaridad
-y lo es- semejante planteamiento por el que se quiere obligar a una
minoría a renunciar a su fe, a sus creencias religiosas o
filosóficas. En el siglo XVI se sienta la norma de que los súbditos
deben seguir la religión del príncipe ( cuius regio eius religio);
cuando éste es protestante, aquéllos también lo serán, mal que les
pese; y si el príncipe es católico, obligará a sus súbditos a serIo
también; véase lo que ocurre en Francia en el siglo XVII: Luis XIV
expulsa sin miramientos a los protestantes en 1685, en vísperas del
Siglo de las Luces. Los judíos y los protestantes de Francia han
tenido que esperar hasta 1789 para quedar incorporados plenamente a
la comunidad nacional; a los católicos de Inglaterra, sólo en 1830
se les permitió gozar de los derechos cívicos. En toda Europa, y no
solamente en España, desde el inicio de la Edad Moderna, triunfa el
principio de unitarismo y racionalidad: la pertenencia a una nación
exige la homogeneidad cultural y ésta se fundó primero en la
religión, mucho más tarde en normas laicas. Al proceder a la
expulsión de los judíos, España no se aleja, pues, de la modernidad
europea; no impone la uniformidad ideológica cuando Europa comienza
a caminar por la senda del pluralismo, sino todo la contrario:
España se anticipa a la que, en toda Europa, va a convertirse en
norma hasta el final del Antiguo Régimen: una ley, una fe, un rey.
Los judíos de España fueron víctimas de aquella norma. España no
constituye ninguna excepción, salvo que se adelantó a las demás
naciones, tal vez porque no estaba aún totalmente unificada. Más
allá de las diferencias que siguen existiendo entre los territorios
castellanos y los de la Corona de Aragón, la comunidad de fe viene a
reforzar el sentimiento de solidaridad entre todos los súbditos. Las
medidas de los años 1480-1492 señalan un cambio significativo en la
política religiosa de la España medieval que, a decir verdad,
representaba un caso singular en la Europa cristiana. La tolerancia
medieval -o la que se suele llamar así- se explica por la situación
de la Península, dividida en territorios moros y cristianos. Con el
final de la reconquista ya no tiene sentido tolerancia anterior;
España se convierte en una nación cristiana más, como todas las que
existen en Europa. No es casual, el decreto de expulsión de los
judíos se haya firmado tres meses después de la toma de Granada.
Estas circunstancias, sin embargo, sólo explican un aspecto de la
cuestión. Hay otro que creo oportuno destacar. Lo que desaparece en
1492 no es únicamente el judaísmo; es la comunidad judía con su
estatuto de relativa autonomía. Al leer algunos autores o ensayistas
que han tocado el tema se tiene la impresión de que se trata de una
cuestión de tolerancia religiosa a nivel individual: ¿qué más les
daba a los reyes que algunos de sus súbditos fuesen judíos y otros,
la mayoría, cristianos? En realidad, la situación antes de 1492 era
mucho más compleja. El judaísmo no era una simple cuestión
individual; el catolicismo tampoco, por cierto. Estaba organizado
como una comunidad separada, una microsociedad, al margen de la
sociedad cristiana mayoritaria. Dentro de las aljamas, se regía por
sus propias normas jurídicas y culturales; disponía de sus propios
dirigentes y jueces; tenía no sólo lugares de culto, sino escuelas,
cementerios..., que les eran particulares; para mantener aquellas
estructuras, recaudaba tasas especiales. Los procuradores de las
aljamas se reunían de vez en cuando en asambleas que examinaban los
problemas comunes a todas, particular pero no exclusivamente las
contribuciones que exigía la corona. O sea, que el judaísmo español
no era cosa privada y personal; tenía una estructura comunitaria
dotada de autonomía; formaba un enclave en la sociedad feudal.
¿Podía el Estado, sobre todo un Estado moderno, con su afán de
racionalización, admitir la permanencia de tal estructura
derogatoria, separada del derecho común? ¿Es compatible la presencia
de comunidades separadas y autónomas con la pertenencia a la nación?
Este es el problema que tuvieron que examinar los reyes; de la
afirmación del derecho de cada uno a ser diferente se pasa pronto a
exigir una diferencia de derechos, es decir, la constitución de
comunidades separadas. La España de los Reyes Católicos resolvió el
problema de manera negativa. Lo que se pretendió entonces fue
asimilar completamente a judaizantes y judíos para que no existiera
más que cristianos. Debieron de pensar los reyes que la perspectiva
de la expulsión animaría a los judíos a convertirse masivamente y
que así una paulatina asimilación acabaría con los restos del
judaísmo. Se equivocaron en esto. Una amplia proporción prefirió
marcharse, con todo lo que ello suponía de desgarramientos,
sacrificios y vejaciones, y seguir fieles a su fe. Se negaron
rotundamente a la asimilación que se les ofrecía como alternativa.
Se dirá: ¿por qué no se procedió de la misma forma con los mudéjares
que formaban minorías importantes en el valle del Ebro, en el reino
de Valencia y en el recién conquistado de Granada? No hay que
interpretar la diferencia del trato concedido a judíos y musulmanes
en 1492 como una renunciación de los soberanos a establecer la
unidad religiosa de España. La verdad es que el caso de los moros
parecía menos urgente. Se pensaba en una paulatina conversión de los
moros. El primer arzobispo de Granada, fray Hernando de Talavera,
desarrolló en este sentido un apostolado y una política persuasiva
que contrasta con los métodos violentos empleados contra los judíos.
Esta política no podía dar resultados inmediatos. Por eso, a finales
del siglo xv, las autoridades decidieron anular varias de las
garantías concedidas en 1492, cambio de actitud que provocó la
sublevación de la población mora de Granada en 1500. Dos años más
tarde, los reyes aplicaron a los moros medidas semejantes a las que
habían tomado contra los judíos; se les obligó a convertirse o a
salir de España. La mayoría de ellos prefirió quedarse en España; se
hicieron católicos, pero los cristianos nuevos de moros, los
moriscos, cambiaron poca cosa a sus creencias, su existencia, sus
costumbres. Ya les llegará su turno a los moriscos que también serán
expulsados a principios del siglo XVll. En su esencia, el problema
es el mismo, pero mudéjares, primero, luego moriscos presentan
características distintas de las de los judíos y conversos. Forman
minorías sumisas, estrechamente vigiladas por los señores que
explotan aquella mano de obra barata y dócil. Sobre todo los
moriscos -ellos también cristianos nuevos como los conversos, al fin
y al cabo no ocupan en la sociedad puestos relevantes, ni en la
administración, ni en el clero, ni en los negocios; viven en el
campo o en la sierra ocupados en sus labores, sin entrometerse en
los asuntos de los cristianos. Por ello se observa la relativa
paciencia y mansedumbre con que fueron tratados por las autoridades
y por la Inquisición durante decenios hasta que, en tiempos de
Felipe II, decidió el Estado forzarlos a renunciar, no sólo a sus
creencias, sino a su lengua, a sus vestidos, a sus costumbres
tradicionales. Se trataba en este caso también de asimilar los
moriscos al resto de la sociedad, como se había hecho antes con los
judíos. El resultado fue el mismo. En ambos casos España fracasó.
¿Qué consecuencias tuvo para España la expulsión de los judíos? En
1813, durante la discusión, en las Cortes de Cádiz, del proyecto de
decreto para suprimir el tribunal de la Inquisición, uno de los
oradores exclamó: «No debe reputarse por una paradoja decir que la
ignorancia de la religión, el atraso de las ciencias, la decadencia
de las artes, del comercio y de la agricultura y la despoblación y
pobreza de España provienen en gran parte del sistema de la
Inquisición, porque la industria, las ciencias, no menos que la
religión, las hacen florecer hombres grandes que fomentan, vivifican
y enseñan con su ilustración, con su elocuencia y con su ejemplo».
Efectivamente, siguiendo esta línea, la historiografía liberal del
siglo XIX estuvo convencida de que la decadencia de Espala se debía
fundamentalmente a la política religiosa inaugurada por los Reyes
Católicos: la Inquisición, que se ensañaba contra los conversos, y
la expulsión de los judíos privaron a la nación de sus elites
económicas y culturales; el fanatismo impidió que España se
desarrollara desde el punto de vista material y científico; el
prejuicio de la limpieza de sangre sometió a los conversos -que eran
los elementos más dinámicos y emprendedores de la población
española- a una serie de discriminaciones que les impidieron
dedicarse a fondo en los negocios y el cultivo de la ciencia; las
actividades económicas e intelectuales quedaron desvalorizadas por
considerarlas privativas de los conversos; los cristianos viejos se
apartaron de ellas; todos querían ser hidalgos, nadie mercader;
España se hundió en la miseria y el oscurantismo.
Fuente:
LA INQUISICIÓN Y LA
EXPULSIÓN DE LOS JUDÍOS
(Págs 195-212)
LOS JUDÍOS EN ESPAÑA
JOSEPH PÉREZ
MARCIAL PONS
HISTORIA
MADRID 2005 |